domingo, 18 de septiembre de 2011

Los Derechos Sociales

Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales hablan de cuestiones tan básicas para la dignidad humana como la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la educación y el agua.
La Constitución de 1978 sitúa a buena parte de los derechos sociales, exceptuando el derecho a la educación, en un capítulo específico (capítulo III dentro del Título I), bajo el título de “Principios Rectores de la Política Económica y Social”. El primer factor de tensión aparece porque entre tales “principios rectores” se consagran mandatos a los poderes públicos, pero también derechos subjetivos como, y así se recoge literalmente, el “derecho” a una vivienda digna y adecuada (artículo 47), el “derecho” a la protección de la salud (artículo 43), el “derecho” de acceso a la cultura (artículo 44), o el “derecho” a disfrutar de un medioambiente adecuado (artículo 45).
 Que 800 millones de personas sufran malnutrición crónica o que más de 100 millones de menores no tengan acceso a la educación primaria no son desgraciadas realidades, sino un escándalo para los derechos humanos. En 2000, la Organización Mundial de la Salud estimó que 1.100 millones de personas carecían de acceso a un suministro que pudiera proporcionarles el agua limpia potable necesaria para vivir con dignidad.  (Amnístia 2011)
Nuestro punto de vista es que los derechos sociales más que plasmarlos en papel, deberían ser llevados a cabo, deberían ser operativos. El ejemplo anterior es muestra de la realidad ya que el acceso a suficiente agua limpia y a saneamiento es esencial para la efectividad del derecho a la salud, a la alimentación y a un sustento seguro. Se ha interpretado recientemente que el derecho al agua debe garantizar una disponibilidad, acceso y calidad  suficientes.

Bibliografía:
LOS DERECHOS SOCIALES EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:ALGUNAS LÍNEAS PARA SU EMANCIPACIÓN
Marco Aparicio Wilhelmi
Prof. de Derecho Constitucional
Universidad de Girona

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