viernes, 28 de octubre de 2011

Conclusión Pau:

Conclusión 1:
Art. 1. º 1. La democracia en el Estado español se basa en la supremacía de la Ley, expresión de lo voluntad soberana del pueblo.
Los derechos de la persona son inviolables y vinculan a todos los órganos del Estado. 2. La potestad de elaborar y aprobar las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes.
Art. 2. ° 1. Las Cortes se componen del Congreso de los Diputados y el Senado. 2. Los diputados del Congreso serán elegidos por sufragio universal, directo y secreto de los españoles mayores de edad. 3. Los senadores serán elegidos en representación de las entidades territoriales. El Rey podrá designar para cada legislatura senadores en número no superior a la quinta parte del de los elegidos. 4. la duración del mandato de diputados y senadores será de cuatro años. Art. 5.° El Rey podrá someter directamente al pueblo una opción política de interés nacional, sea o no de carácter constitucional, para que decida mediante referéndum, cuyos resultados se impondrán a todos los órganos del Estado.
http://www.historiasiglo20.org/HE/texto-reformapolitica.htm
 Al igual que España, México podría tomar el punto número cuatro, en donde el mandato de diputados y senadores es sólo de cuatro años.
También es importante destacar que en España existe una mayor democracia y las personas confían más en sus instituciones y gobernantes en comparación a nuestro país, y esto a raíz de la mala fama que tiene el gobierno mexicano.



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