lunes, 17 de octubre de 2011

México y España en 1824

México
En México, José Miguel Ramón Adaucto Fernández y Félix, mejor conocido como Guadalupe Victoria, fue un militar y político mexicano, una de las figuras más destacadas en la Guerra de Independencia de México frente al Imperio español. Fue diputado por Durango y miembro del Supremo Poder Ejecutivo. Fue el primer presidente de México.
Durante su mandato como Presidente estableció relaciones diplomáticas con el Reino Unido[, ]los Estados Unidos de América, la República Federal de Centro América y la Gran Colombia, también fue derrotado el último bastión español en el castillo de San Juan de Ulúa. Abolió la esclavitud, fundó el Museo Nacional, promovió la educación, decretó la ley de expulsión de los españoles y ratificó la frontera con los Estados Unidos de América.
El 24 de febrero de 1821, Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero proclamaron el Plan de Iguala. Iturbide comenzó una gira por la región del Bajío para difundir el movimiento. Varios militares realistas se unieron al Plan de Iguala, y lo mismo hicieron algunos líderes insurgentes retirados como Nicolás Bravo e Ignacio López Rayón. Guadalupe Victoria también se unió. El 6 de abril, Victoria proclamó la independencia en el pueblo de Soledad. A finales de mayo, con excepción de la capital, la provincia de Veracruz estaba levantada en armas.
Guadalupe Victoria se reunió con Agustín de Iturbide el 17 de junio de 1821, en San Juan del Río y le pidió adaptar el Plan de Iguala para crear un gobierno republicano. Recomendó como gobernante a un antiguo insurgente, que fuera soltero y no hubiera aceptado el indulto.
El 2 de octubre de 1824, Guadalupe Victoria fue declarado primer Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para el período 1825-1829. El 8 de octubre de 1824, el Presidente y el Vicepresidente Nicolás Bravo juraron la Constitución.
Guadalupe Victoria asumió el cargo de presidente interino del 10 de octubre de 1824 al 31 de marzo de 1825. Su período constitucional en el cargo se inició el 1 de abril de 1825. La inauguración fue solemne y austera como es requerido por el republicanismo; ese día, Victoria afirmó: ¡La Independencia se afianzará con mi sangre y la libertad se perderá con mi vida.
España
En España, Diversos factores explican el desencadenamiento del movimiento independentista de las colonias americanas:
·         El creciente descontento de los criollos
·         Las limitaciones al libre comercio y al desarrollo económico de las colonias impuestas por el régimen colonial.
·         La influencia de las ideas ilustradas y ejemplo de la independencia de los Estados Unidos de América
·         La crisis política producida por la invasión napoleónica, que privó de legitimidad a las autoridades que representaban a la monarquía de José I en las colonias.
En el proceso de independencia se pueden distinguir dos grandes etapas:
1808-1814
Los territorios americanos se declararon independientes de la España napoleónica, pero mantuvieron sus lazos con las autoridades de Cádiz, enviando representantes a las Cortes.
Cuando Fernando VII fue repuesto en el trono, todas las colonias, excepto Argentina, volvieron a unirse a la Corona española.
1814-1824
La vuelta al absolutismo propició pronunciamientos militares que rápidamente derivaron hacia posturas independentistas entre los criollos. Esta deriva fue alentada por Inglaterra, que rápidamente se hizo con la influencia económica en la zona, y  por Estados Unidos
Entre los caudillos independentistas sobresalen las figuras de San Martín y Bolívar. Las guerras de independencia siguieron una trayectoria compleja y culminaron con la derrota española en Ayacucho en 1824. Esta batalla puso fin a la dominación española en América. Sólo las islas antillanas de Cuba y Puerto Rico siguieron ligadas a la metrópoli.
Simón Bolívar planteó la alternativa de la unidad americana tras el fin del imperio hispánico. Los localismos, las mezquindades de los nuevos dirigentes, el atraso económico, las dificultades de comunicación, ayudados por las maniobras de Estados Unidos, llevaron al fracaso del ideal bolivariano y a la fragmentación política de la América hispánica.
Sentimientos de la Nación

Los sentimientos de la nación es uno de los documentos de mayor importancia para la historia constitucional de México. Surge en un momento complejo y difícil de la Guerra de Independencia. Los años de 1812 y 1813 fueron particularmente difíciles para Morelos  y los insurgentes. En 1813 Morelos, además de sostener las acciones de guerra, decide convocar al Congreso de Chilpancingo, es ante este cuerpo legislativo que el 14 de septiembre del mismo año, el caudillo insurgente presenta los Sentimientos de la Nación.


1º Que la América es libre independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno o Monarquía, y que así se sancione, dando al mundo las razones.

2º Que la religión católica sea la única, sin tolerancia de otra.

3º Que todos sus ministros se sustenten de todos y solos los diezmos y primicias, y el pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda.

4º Que el dogma sea sostenido por la jerarquía de la iglesia, que son el Papa, los Obispos y los Curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plantó: omnis plantatis quam nom plantabit Pater meus Celestis Cradicabitur. Mat. Cap. XV:

5º Que la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las provincias de números.

6º Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos.

7º Que funcionarán cuatro años los vocales, turnándose, saliendo los más antiguos para que ocupen el lugar los nuevos electos.

8º La dotación de los vocales, será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de ocho mil pesos.

9º Que los empleos sólo los americanos los obtengan.

10º Que no se admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir y libres de toda sospecha.

11º Que los Estados mudan costumbres y, por consiguiente, la Patria no será del todo libre y nuestra mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tiránico, substituyendo el liberal, e igualmente echando fuera de nuestro suelo al enemigo español, que tanto se ha declarado contra nuestra Patria.

12º Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejándola ignorancia, la rapiña y el hurto.

13º Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepción de cuerpos privilegiados; y que éstos sólo lo sean en cuanto al uso de su ministerio.

14º Que para dictar una ley se haga junta de sabios en el número posible, para que proceda con más acierto y exonere de algunos cargos que pudieran resultarles.

15º Que la esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y la virtud.

16º Que nuestros puertos se franqueen a las naciones extranjeras amigas, pero que éstas no se internen al Reino por más amigas que sean, y sólo habrá puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los demás, señalando el diez por ciento.

17º Que a cada uno se le guarden sus propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado, señalando penas a los infractores.

18º Que en la nueva legislación no se admita la tortura.

19º Que en la misma se establezca por Ley Constitucional la celebración del día 12 de diciembre en todos los pueblos, dedicado a la Patrona de nuestra Libertad, María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos, la devoción mensual.

20º Que las tropas extranjeras o de otro Reino no pisen nuestro suelo, y si fuere en ayuda, no estarán donde la Suprema Junta.

21º Que no hagan expediciones fuera de los límites del Reino, especialmente ultramarinas; pero [se autorizan las] que no son de esta clase, [para] propagar la fe a nuestros hermanos de Tierra dentro.

22º Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que nos agobian, y se señale a cada individuo un cinco por ciento de semillas y demás efectos u otra carga igual, ligera, que no oprima tanto, como la Alcabala, el Estanco, el Tributo y otros; pues con esta ligera contribución, y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo, podrá llevarse el peso de la guerra y honorarios de empleados. Chilpancingo, 14 de septiembre de 1813. José María Morelos. [Rúbrica]

23º Que igualmente se solemnice el día 16 de septiembre todos los años, como el día aniversario en que se levantó la voz de la Independencia y nuestra santa Libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se desplegaron los labios de la Nación para reclamar sus derechos con espada en mano para ser oída; recordando siempre el mérito del grande héroe, el señor Don Miguel Hidalgo y su compañero Don Ignacio Allende. Repuestas en 21 de noviembre de 1813. Y por tanto, quedan abolidas éstas, quedando siempre sujetos al parecer de S.A.S Paleografía y versión definitiva, realizada por el distinguido historiador mexicano, Ernesto Lemoine Villicaña, (1927-1993).

Constitución de Cádiz

La obra más relevante de las Cortes de Cádiz, fue la constitución de 1812, jurada el 19 de marzo del mismo año bajo el titulo de Constitución Política de la Monarquía Española. El documento constitucional se divide en 10 títulos y 384 artículos con las ideas liberales predominantes, en este sentido, consigna el principio de la soberanía nacional; limita la monarquía hereditaria; reconoce el catolicismo como religión oficial, establece la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial); instaura los derechos y deberes de los ciudadanos; en resumen, la constitución presenta las bases para el establecimiento de un estado burgués.

El texto constitucional reconoce como uno de sus principios más preciados el de la “soberanía nacional”. Se deslinda del origen divino del poder de los monarcas, al igual que de las pretensiones imperiales y el dominio napoleónico, al declararse “libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona”. Esto sin romper con el catolicismo tradicional de España, por el contrario, de manera absoluto, las cortes declaran que “la religión de la Nación Española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.

Lo mismo en España que en América, la vigencia y aplicación de la Constitución de Cádiz fue errática e inestable, en concordancia a las turbulencias políticas y sociales de la época. En 1814, el regreso del destierro, Fernando VII derogó todo lo legislado en las Cortes de Cádiz, restableció el absolutismo Español y reprimió brutalmente a los líderes y grupos liberales. La insurrección militar pro liberal encabezado por Riego en 1820 obligó a Fernando VII a reconocer la Constitución gaditana de 1812, se establece así el trienio constitucional (1820-1823) que reinicia la obre legislativa de las cortes de Cádiz.


Fuentes Consultadas:

http://www.inehrm.gob.mx/pdf/sentimientos.pdf

http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=453
http://www.tlahui.com/libros/ccadiz12.htm

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